Así
lo dio a conocer el delegado de la Dirección de asistencia al consumidor,
Ingeniero Rudy Marroquín, que resaltó que de acuerdo a las variaciones del decreto
ley 123-85, ley de especies estancadas que define los materiales que permiten
la elaboración de artefactos explosivos, donde también se prohíbe la
importación o elaboración de cohetes, canchinflines o morteros a menos que
tengan las licencias correspondientes con aval del Ministerio de la Defensa.
En
ese orden indicó que se verificará las licencias de ley, para poder vender
dichos artefactos y la persona que no observe lo anterior y se les sorprenda
expendiendo dichos productos sin licencia, podrían ser procesadas y multadas de
diez mil a cincuenta mil quetzales, o cancelación de licencias.
Para
conocimiento general convocará a los comerciantes, que por tradición venden
fuegos pirotécnicos y capacitarles conforme la ley.
Dentro
de las observaciones es evitar la venta en áreas cerradas como el mercado
municipal, donde no se cuenta con suficientes salidas de emergencia en caso de
un siniestro.
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