REGLAMENTO CONTROLARA VENTA DE FUEGOS PIROTECNICOS


          Así lo dio a conocer el delegado de la Dirección de asistencia al consumidor, Ingeniero Rudy Marroquín, que resaltó que de acuerdo a las variaciones del decreto ley 123-85, ley de especies estancadas que define los materiales que permiten la elaboración de artefactos explosivos, donde también se prohíbe la importación o elaboración de cohetes, canchinflines o morteros a menos que tengan las licencias correspondientes con aval del Ministerio de la Defensa.
          En ese orden indicó que se verificará las licencias de ley, para poder vender dichos artefactos y la persona que no observe lo anterior y se les sorprenda expendiendo dichos productos sin licencia, podrían ser procesadas y multadas de diez mil a cincuenta mil quetzales, o cancelación de licencias.
          Para conocimiento general convocará a los comerciantes, que por tradición venden fuegos pirotécnicos y capacitarles conforme la ley.
          Dentro de las observaciones es evitar la venta en áreas cerradas como el mercado municipal, donde no se cuenta con suficientes salidas de emergencia en caso de un siniestro.


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